SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE INFANCIA. CIRCUITOS Y CORTOCICUITOS LOCALES EN LA INTERVENCION. UN MODELO PARA DESARMAR Y OTRO PARA ARMAR (1)
Hace mucho tiempo que vengo posponiendo, tal vez, por temor a poder abordarlo, la necesidad de analizar los circuitos locales de intervencion en niñez y adolescencia desde su imponente marco jurídico y de las trascendentes vulneraciones de derechos que se producen en dichos circuitos, por acción o por omisión de las autoridades de aplicación, es decir del Estado, en cualquiera de sus niveles (Nacional, Provincial y/o Municipal) o desde los diferentes poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).
En principio deberiamos señalar que la CIDN (2) es ley en nuestro País desde el año 90 y adquiere rango constitucional desde año 94, por tanto su letra y espiritu es de obligatoria aplicacion en cualquier situacion que involucre a un niño, considerado a partir de este tratado internacional, nada más y nada menos que, SUJETO de derechoS.
Por si fuera necesario en la Ley 26061/05 (3) se señala que la CIDN es de aplicacion obligatoria en todo acto, decision o medida que se adopte respecto a las personas hasta los 18 años de edad. Agrega que los derechos reconocidos están asegurados por su máxima exigibilidad y los mismos son irrenunciables, indivisibles e instransferibles y que la omisión en la observancia de los debeRes que correspnden a órganos gubernamentales, habilita a todo ciudadano a interponer acciones adminsitrativas y judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de derechos, a traves de medidas expéditas y eficaces.
Luego nos señala que el SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, esta conformado por todos aquellos organismos, entidades y servicios que diseñan, planifican, coordinan, orientan, ejecutan y supervisan las Politicas Públicas, de gestión estatal o privada, en el ambito nacional, provincial y municipal, destinados a la promocion, prevencion, asistencia, protección, resguardo y reestablecimiento de derechos y establece los medios a traves de los cuales se asegura el efectivo goce de derechos y garantias. (4) respetando las realidades locales.
Para el logro de sus OBJETIVOS el SPID (5), debe contar con:
a) Políticas, planes y programas de protección de derechos;
b) Organismos administrativos y judiciales de proteccion de derechos;
c) Recursos economicos;
d) Procedimientos - Protocolos
e) Medidas deproteccion de derechos;
f) Medidas excepcionales (6)
Con todos estos elementos, podemos señalar que tenemos un deber ser, marco legislativo que, de haber sido aplicado en toda su dimensión, no se condice con la realidad de muchos de nuestros niños, niñas y adolescentes y sus grupos familiares, por lo que se hace necesario revisar los circuitos locales de promocion y proteccion de derechos y fundamentalmente, observar y corregir las acciones u omisiones del Estado, de la Sociedad y de las Familias que generan cortocicuitos en el goce pleno de sus derechos.
CIRCUITOS LOCALES DE INTERVENCION :
Al pensar en un circuito local de intervencion, deberiamos pensar en una aceitada red de organizaciones del Estado (nacional, provincial y municipal) con Organizaciones de la Sociedad Civil y con la necesaria participación de la resposnabilidad social Empresarial. que tienden a articular acciones para promover y proteger los derechos de nuestra infancia en cada una de las comunidades, donde todos los actores son co-responsables del presente y futuro de nuestras niñas, niños y adolescentes.
El circuito local de intervención debe tener como objetivo:
a) Socializar la Doctrina de Proteccion integral de Derechos, favoreciendo el desarrollo de una amplia red de aceptacion y apoyo comunitario;
b) Prevenir situaciones de vulneración de derechos;
c) Deteccion temprana de situaciones de vulneracion de derechos;
d) Atención de situaciones de derechos vulnerados;
e) Restitucion de derechos vulnerados y
f) Acción contra institucion vulneradora de derechos de Estado, Sociedad y Familia.
Con estos elementos podemos realizar un analisis de los cicuitos de intervencion que tiene cada una de nuestras comunidades, a partir de:
1. Analizar cada uno de los derechos consagrados en la CIDN, legislacion nacional y/o provincial, y cartas organicas municipales;
2. Analizar determinados circuitos puntuales que preocupen a las organizaciones estatales y de la sociedad civil en un momento determinada, detectando el circuito a recorrer y fundamentalmente los cortocicuitos que se producen para que se configure una vulneracion de derechos.
A partir de estos elementos, podremos determinar, que Institucion Estatal, debe intervenir subsidiariamente, para acompañar, a la Familia, responsable en forma prioritaria de asegurar a niños y adolescentes el disfrute y efectivo ejercicio de sus derechos, generando, como un "paraguas protector" de politicas, programas, dispositivos y asistencia apropiados para que la familia pueda asumir adecuadamente esta responsabilidad.
En la medida que los circuitos de intervención, operen como el ya mitico, "don pirulero" donde cada organismo atiende efectivamente su juego, existirá una dificultad mayor para que se vulneren los derechos de nuestros niños y sera aun ,más sencilla la restitución de tales derechos vulnerados, porque, como dice el poeta.." es honra de los hombres, proteger lo que crece, cuidar que no haya infancia dispersa por las calles, evitar que naufrague su corazon de barco,su increible aventura de pan y chocolate, de otro modo es inutil, de otro modo es absurdo, porque de nada vale si hay un niño en la calle.. "(7)
Lic. CASANOVA Oscar
Miembro del FORO PATAGONICO DE INFANCIA
REFERENCIAS:
1. Artículo de Mary Beloff, un modelo para armar y otro para desarmar. Proteccion Integral vs. Situacion Irregular
2. Convencion Internacional sobre los derechos de los niños, ONU.
3. Ley de Proteccion Integral de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, septiembre 2005
4. Art. 32 y sgtes. de ley 26061.
5. SPID: Sistema de Protección Integral de Derechos.
6. Art. 39 y sgtes de Ley 26061.
7. Hay un niño en la calle, canción popular de A. Tejada Gomez.
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