7/08/2012

E A T: Un análisis de la Ley Nacional de Educación Nº 26206

Por Soledad López.
La República Argentina cuenta con un marco normativo amplio, de rango superior: Constitución Nacional, leyes y decretos, en permanente evolución que asegura los recursos para la inclusión de todos y todas al sistema educativo.

Ley Nacional de Educación Nacional Nº 26206 establece la obligatoriedad la cual modifica las múltiples dimensiones de la actividad educativa, los métodos de enseñanza, los métodos de evaluación, los regímenes de convivencia y de disciplina. La universalización no puede ser asimilada a la idea de homogeneización. El reto es interpretar las condiciones de las cuales partimos y diseñar un modelo institucional que atienda la diversidad e intereses de nuestro alumnado. En este contexto de transformación profunda conviven demandas excesivas.

La crisis del sistema educativo en las últimas décadas creó las condiciones para el surgimiento de una LEY para una renovación del debate pedagógico en un contexto donde los modelos pedagógicos de la escuela moderna no pueden dar respuestas a las complejidades en las que se enfrenta la escuela. La propuesta educativa de la modernidad responde a las expectativas del hombre europeo, burgués, se centra en el alumno escaso, seleccionado, privilegiado, que pertenece a los estratos medios y altos de la sociedad. Pedagogía de carácter tradicional encarnada en el normalismo de cuño positivista produce desencanto sobre una promesa del paraíso de la diversidad en el que íbamos a vivir todos juntos y en paz. Es un modelo que no es capaz de dar respuesta de manera sustentable, a las necesidades que impone el nuevo escenario de la postmodernidad. Este formato, esta en crisis porque lo que ha cambiado es el territorio sociocultural y las necesidades de sus destinatarios. Aquellas ideas de un imaginario francés, europeo están perdiendo certezas y seguridades que le daban cierta armonía a un sistema que aparentemente iluminaba a los que tenían el deber de someterse. La modernidad representa la emergencia de nuevas formas de representación del mundo y de legitimación del orden social que ya no tiene validez.

Hoy las tinieblas de un tiempo contemporáneo están pidiendo a gritos la disputa por el sentido, denuncian tanto tiempo de censura, de dominación bajo violencia explicita manifestada de múltiples formas. La LEN es un avance que da cuenta de una política educativa que intentan superar la pesada herencia económica, social y cultural que nos legó el neoliberalismo.

En una institución como la escuela, está claro que el principio de igualdad no rige, al menos en un sentido: las normas se siguen imponiendo de manera vertical, sin ninguna participación de los alumnos en su elaboración. El "consenso" sólo puede alcanzar un rango muy limitado de cuestiones.

Educar en valores para Cullen significa que la educación no puede realizarse de manera tal que se transforme en una implantación coactiva de usos y normas estandarizadas que el educando debe reproducir (…) es aprender a moverse en el juego de reglas de la democracia y el pluralismo (…) encontrarse como sujeto libre y digno desde el deseo individual y desde los roles sociales.

La situación en la que se produce el diálogo no está sometida a consenso, lo cual trae aparejada la siguiente complicación: ¿qué ocurre si no hay acuerdo en el diálogo? Las tinieblas no permiten ver nada allí de democrático, consensuado ni dialógico. Esto no se condice con los planteado sobre “Que existieran mecanismos más democráticos y participativos para la planificación y formulación de estrategias pedagógicas como para la evaluación del sistema escolar, rompiendo con la lógica vertical del sistema” (CTRA)[i]

La educación es para la convivencia, la socialización consiste, precisamente, en aprender a vivir con otros, es decir a convivir. Aprender a vivir con otros implica “saber” vivir con otros, y este saber es enseñado por aquellos que tienen el poder de regular socialmente la convivencia. Si la escuela pretende ser inclusiva debería ser capaz de crear espacios de intercambio con los alumnos respecto de dar valor educativo de la diferencia y la diversidad. A veces el lenguaje de las instituciones caen en ciertas “zonceras” que impiden pensar, entendiendo “pensar” como “poner en duda el sentido común”. Son recetas que simplemente se “aplican” mecánicamente y ordenan y disponen el mundo prerreflexivamente. Se trata de poner en duda y pensar los sentidos presentes en las políticas educativas, más allá de las normativas. Somos constructores de sentido común; pero estamos a la vez fabricados por un sentido común que no advertimos como tal. Es por eso importante ver que la historia está llena de disputas; esas disputas no son otra cosa que la lucha por establecer ese sentido común.

En el caso de Río Negro, hasta hace un año se hablaba de la Transformación de la Escuela Rionegrina, luego del cambio de gestión de gobierno se tomó la decisión de modificar la Ley Orgánica de Educación Nº 2444 con el fin de actualizarla e incorporar nuevos derechos que ya se encuentran incluidos en la Ley Nacional de Educación  26206. Para esto, el 29 de diciembre de 2011 la Legislatura Provincial sancionó por unanimidad la Ley Nº 4737 que abre un período de consulta de manera colectiva. Cada institución escolar deberá habilitar espacios y tiempos para la participación de todos y todas valorando las expectativas, las ideas, los aportes y el proyecto educativo de los distintos actores de la educación tal como se establece en el artículo 2: La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado.

A su vez en su Artículo 8° establece: La educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común.

Respecto de este artículo y teniendo en cuenta que la educación debe ser un derecho para todos y todas no se está respetando por las características y estilos de las instituciones que llevan las marcas del normalismo de base positivista. Las sanciones, las formas de disciplinamiento, los dispositivos de coerción aun siguen existiendo tienen la edad de los prejuicios.

La comunidad educativa tiene la particularidad de que sus destinatarios: alumnos, docentes, padres, personal no docente forman parte de un Proyecto Educativo, un ideario institucional. Algunos desarrollan prácticas que refuerzan la pertenencia, construyen vínculos, responden a ciertas lealtades, en cierto sentido ceden voluntariamente a ese mandato que por tradición viene “dado”. Para los alumnos, existen pautas vinculadas con la convivencia y sirven a la funcionamiento organizacional, éstas se traducen como acuerdos o normas, mediante un listado de conductas que se corresponden  con un tipo de comportamiento al que “hay que parecerse” para ser aceptado en ese espacio. El patrón de medida de la convivencia no es un listado de deberes, sino un reconocimiento de otros. Las políticas educativas deberían ser capaces de crear espacios de intercambio y abrir, en este sentido, el conjunto de normas y preceptos de convivencia al análisis critico de todos aquellos que conforman el espacio educativo[ii].

Rara vez son temas que se debaten de manera transversal en las disciplinas, sin por lo menos preguntarles a los alumnos si acuerdan o no pues es algo impuesto por otros que orientan su accionar. La educación para la ciudadanía es, mas alla del espacio que ocupa en los diseños curriculares como materia especifica, un contenido transversal a todas las asignaturas. Es una tarea de los formadores construir una inteligencia solidaria atenta a las necesidades de los otros[iii].

El Estado Nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales (Artículo 5°). Consolidar la unidad nacional a través de una moral publica que se erige y encuadra en principios éticos compartidos y respetados por todos.

En los acuerdos de convivencia de las escuelas si alguien sale de ese acuerdo, esta fuera de la categoría de Alumno y de la clasificación “buen alumno”. Estas sanciones se manifiestan de manera consienten y voluntaria, lo que llamaríamos, “obediencia”.

Desde esta perspectiva, Durkhiem plantea justamente el lugar del educando, como tabula rasa y depositario del saber de sus maestros.

Los maestros, profesores han tenido primero que sufrir muchas creencias que le convenzan de que eso es lo que tienen que aceptar y transmitir de generación en generación sin permitirse cuestionar, desnaturalizar la pertinencia de esos saberes y esas prácticas. El dilema es: ¿cómo aprendemos en comunidad, que relaciones construimos en la escuela? Sería interesante que se tomen los puntos de vistas de todos los que conforman esa comunidad y sean temas que atraviesen las prácticas de los docentes. ¿Cómo incluir en lo común las diferencias de los miembros? Es necesario revisar el proyecto educativo de cada escuela que de lugar a las  voces de todos y no como sucede en la mayoría de los casos que termina siendo un documento guardado y escrito por una persona.

Hannah Arendt[iv] no es una enamorada de la esencia humana como algunos pensarán, en todo caso su optimismo es respecto a lo que el espacio público –el estar entre los hombres, el mundo, la libertad positiva-tiene capacidad de producir. Lo político es todo aquello que se moviliza en torno a la acción, en torno a la pluralidad, a lo que nace de este encuentro entre los hombres y a esta capacidad de juzgar sin criterio poniendo en cuestión los prejuicios que sustentan las formaciones sociales. Esta incapacidad la atribuye en gran medida a “hegemonía indiscutida del liberalismo” y su “enfoque racionalista e individualista que impide reconocer la naturaleza de las identidades colectivas.

El proyecto educativo institucional es un proyecto político y debe ser público, aun nos queda mucho por pensar desde la gestión de las instituciones. La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación (Artículo 3). En muchos casos los docentes no conocen sus propios derechos, menos los alumnos. Sin embargo, con la LEN se fijan espacios para el debate pedagógico democrático donde se disputan cuales serán los principios constitucionales que regirán la lógica del sistema educativo.

En este sentido en el Artículo 4°.- El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias.

Obligatoriedad de una escuela secundaria para todos los adolescentes marca un punto inédito en la historia educativa en nuestro país. La inclusión implica que la amplia gama de la población culmina la educación básica, que oscila entre 13 y 15 años debe continuar bajo el cobijo escolar dentro de la modalidad secundaria. Hablar de obligatoriedad supone un intento de equidad social, de extender la oferta para esta franja etárea que llega a la escuela media. Universalidad: esto también significa en términos políticos que la educación pasa a ser patrimonio de todos los sectores sociales, se extiende y hay que garantizar el acceso para aquellos que históricamente quedaron por fuera de la oferta educativa. Universalizar el nivel, todos los adolescentes del país pertenecen a la categoría de alumnos de la escuela secundaria. La educación obligatoria supone que los principios de igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, están garantizados por el Estado como principal agente educativo, única herramienta de garantía de derechos en sociedades desiguales[v]. El Consejo Federal de Educación fijará las disposiciones necesarias para que las distintas jurisdicciones garanticen: La atención psicológica, psicopedagógica y médica de aquellos adolescentes y jóvenes que la necesiten, a través de la conformación de gabinetes interdisciplinarios en las escuelas y la articulación intersectorial con las distintas áreas gubernamentales de políticas sociales y otras que se consideren pertinentes (Artículo 32º).

Esto quiere decir que el Estado asume sobre si la carga de la institucionalización de todo saber. Supone dar respuestas a los sujetos en situación de vulnerabilidad, es ofrecer una oferta educativa democrática desde una diversificación curricular que contemple y responda a las necesidades poblacionales. La LEN regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella, conforme con las atribuciones conferidas al Honorable Congreso de la Nación en el artículo 75, incisos 17, 18 y 19, y de acuerdo con los principios que allí se establecen y los que en esta ley se determinan (Artículo Nº 1).



[i] Confederación de Trabajadores de la Educación República Argentina, CTERA.-
[ii] Cullen, Carlos (1997): Sentido actual de la educación ética y ciudadana, en Crítica de las razones de educar. Buenos Aires, Paidós.
[iii] Cullen, Carlos (1997): Sentido actual de la educación ética y ciudadana, en Crítica de las razones de educar. Buenos Aires, Paidós.
[iv] Arendt Hanna: ¿Que es la política?

[v] Ley Orgánica de Educación – Documento Base. Gobierno de Río Negro. Ministerio de Educación.
Clases  y foros del 1 a la 13

2 comentarios:

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